La Cámara Penal de Venado Tuerto ratificó la pena de 25 años de prisión impuesta a Marcelo Luis Durán por su participación en el asesinato del ciudadano colombiano Geovanni Herrera León, un crimen que conmocionó a la ciudad en abril de 2022. La decisión judicial, emitida el 9 de marzo, desestimó el recurso de apelación presentado por la defensa de Durán, consolidando así la sentencia original dictada en abril de 2025.

La resolución fue tomada por el tribunal de segunda instancia, integrado por los jueces Daniel José Curik (quien presidió el acuerdo), Tomás Gabriel Orso y Guillermo Llaudet Maza (camarista rosarino). Los magistrados, tras un exhaustivo análisis de los argumentos presentados por ambas partes, concluyeron que no existían elementos suficientes para revocar el fallo condenatorio. De esta manera, se confirma la sentencia dictada inicialmente por el tribunal de juicio conformado por Lorena Garini, Silvina Marinucci y Aldo Baravalle, quienes encontraron a Durán culpable como coautor de los delitos de homicidio simple, privación ilegítima de la libertad de Herrera León, amenazas calificadas por el uso de arma de fuego y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil.
Desarrollo de la apelación
La audiencia donde se debatió el recurso de apelación tuvo lugar el 17 de diciembre de 2025 en la sala 1 de audiencias de Venado Tuerto. Marcelo Durán estuvo presente, acompañado por su abogado defensor, Pablo Salvador Domínguez. El Ministerio Público de la Acusación estuvo representado por el fiscal Iván Raposo, quien también lideró la investigación del caso desde sus inicios. La defensora adjunta María Cecilia Tosco, en suplencia de Domínguez, fue quien formalizó el recurso, cuestionando varios aspectos de la sentencia condenatoria.
Los argumentos de la Defensa
La defensa de Durán argumentó que la sentencia contenía "graves deficiencias normativas y fácticas", solicitando la nulidad de diversas actuaciones procesales. El abogado defensor cuestionó la legalidad de la detención inicial de uno de los implicados, la validez de los allanamientos realizados durante la madrugada del crimen y la evaluación de varias pruebas presentadas en el juicio. Según la defensa, estos procedimientos violaron las garantías constitucionales del debido proceso.
Además, se argumentó que la condena se basó en "meras conjeturas" y que no existían pruebas directas que vincularan a Durán con el homicidio. Por lo tanto, se solicitó la anulación del juicio y la absolución del acusado. La Defensa insistió en que la falta de pruebas contundentes ponía en duda la participación de Durán en el crimen, argumentando que la sentencia se sustentaba en inferencias y presunciones, en lugar de evidencia irrefutable. Subrayaron la importancia de garantizar el principio de presunción de inocencia y la necesidad de pruebas sólidas para dictar una condena.
La respuesta de la Fiscalía
El fiscal Raposo solicitó el rechazo del recurso y defendió la validez de la sentencia dictada en el juicio oral. Afirmó que la condena se basó en pruebas obtenidas legalmente y evaluadas de acuerdo con las reglas de la sana crítica, descartando la existencia de irregularidades procesales. Entre las pruebas destacadas, se mencionaron registros fílmicos, la geolocalización de teléfonos, testimonios y la declaración de Nahuel Durán, quien fue condenado por encubrimiento y relató haber recibido dinero para deshacerse de la motocicleta de la víctima después del crimen.
El fiscal argumentó que la acumulación de pruebas circunstanciales, combinada con el testimonio de Nahuel Durán, ofrecía una imagen coherente de la participación de Marcelo Durán en el homicidio. Destacó que la geolocalización de los teléfonos ubicaba a Durán en el lugar del crimen y que los registros fílmicos corroboraban la secuencia de eventos que llevaron al asesinato de Geovanni Herrera León. Enfatizó que la Fiscalía había presentado un caso sólido y convincente, demostrando más allá de toda duda razonable la culpabilidad de Durán.
Detalles del crimen
El homicidio ocurrió entre el 12 y el 13 de abril de 2022. Durante el juicio, se probó que Durán y Aldo Joaquín Vergara privaron ilegalmente de la libertad a Herrera León en una residencia ubicada en la calle Dimmer al 300. Allí, lo asesinaron por asfixia, en un conflicto relacionado con una deuda de dinero. Posteriormente, trasladaron el cuerpo y lo quemaron en la vía pública, en la calle Chaco, entre Alicia Moreau de Justo y Maradona, donde fue encontrado. Este acto, según la investigación, buscaba borrar cualquier rastro del crimen y dificultar la identificación de la víctima. Aldo Joaquín Vergara también fue imputado en la causa, aunque su proceso judicial siguió un camino diferente. La confirmación de la condena a Durán representa un paso importante en la búsqueda de justicia para Geovanni Herrera León y su familia.












