La jueza Andrea Cavallero dictaminó este lunes la prisión preventiva para Gonzalo Ezequiel L., un hombre de 34 años oriundo de Venado Tuerto, acusado de producir material de pornografía infantil y abuso sexual agravado en contra de su sobrina de tan solo cinco años de edad. La drástica medida se concretó luego de las intensas audiencias imputativa y cautelar que tuvieron lugar en la sala de audiencias de los Tribunales de Venado Tuerto durante la mañana de ayer.

Es importante recordar que Gonzalo L. fue aprehendido el pasado martes 30 de diciembre (foto IA), como resultado directo de una denuncia interpuesta por una organización no gubernamental (ONG) con sede en los Estados Unidos. Esta colaboración internacional ha resultado fundamental para el avance de la investigación y la detención del presunto responsable.

 

Formalización de cargos y audiencia cautelar

Las audiencias estuvieron presididas por el fiscal Iván Raposo, quien se encargó de formalizar los cargos en contra del acusado. Gonzalo L. estuvo representado por el defensor público Alfredo Cutuli. Una vez concluida la audiencia imputativa, se procedió a la audiencia cautelar, en la cual la jueza Cavallero ponderó minuciosamente la solicitud de prisión preventiva presentada por la Fiscalía. Finalmente, la magistrada determinó conceder dicha solicitud, considerando la gravedad de los hechos y el riesgo procesal que implicaba la liberación del imputado.

 

Imputación por delitos graves

De esta manera, Gonzalo L. ha sido formalmente imputado como autor de los delitos de producción de material de pornografía infantil y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo familiar, en concurso real entre sí, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 55, 119 y 128 del Código Penal. La acusación se basa en la presunta producción de material fotográfico de contenido sexual explícito en el que se involucra a su sobrina de cinco años, aprovechándose de su inmadurez sexual y la relación de parentesco existente entre ambos. Se presume que los hechos habrían tenido lugar durante el año 2025 en el domicilio ubicado en la calle Vélez Sarsfield al 800 de Venado Tuerto, residencia que comparte Gonzalo L. con su progenitora.

 

El origen de la investigación: una alerta desde el exterior

El origen de esta compleja investigación se remonta a una denuncia presentada por la ONG estadounidense National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC). Dicha organización transmitió la información a la Unidad de Cibercrimen del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires el 26 de diciembre de 2025. El informe proveniente de la Unidad de Cibercrimen resaltó que el caso fue tratado con carácter prioritario, dada la gravedad de las acusaciones. Según la traducción del reporte de NCMEC, la plataforma Badoo había informado: "Afirma estar abusando sexualmente de su hijo pequeño. Posible menor en riesgo inminente". Esta alerta internacional fue el punto de partida para la investigación que culminó con la detención y posterior imputación de Gonzalo L.

 

Desarrollo del procedimiento policial y judicial

Tras recibir la denuncia proveniente de la Unidad de Cibercrimen, la Fiscalía actuó con celeridad y diligencia, ordenando una serie de tareas de investigación que incluyeron la verificación del domicilio del sospechoso. El 30 de diciembre se llevó a cabo un primer allanamiento en una vivienda ubicada en la calle España al 4400. En dicho lugar, un conviviente informó a las autoridades que Gonzalo L. se encontraba en el domicilio de su madre. Ese mismo día, se procedió al allanamiento de la vivienda ubicada en las inmediaciones de Vélez Sarsfield y Belgrano. En este último domicilio, se concretó la detención de Gonzalo L. y se procedió al secuestro de diversos elementos de prueba, entre los que se incluyen teléfonos celulares, un chip de la empresa Personal y documentación relevante para la investigación. Estos elementos serán sometidos a peritajes y análisis exhaustivos con el objetivo de determinar su vinculación con los delitos imputados.

 

Evidencia presentada por la Fiscalía

Durante la audiencia imputativa, el fiscal Raposo presentó ante la jueza Cavallero un conjunto de pruebas que, a su juicio, fundamentan sólidamente la acusación en contra de Gonzalo L. Entre las pruebas presentadas se encuentran los informes elaborados por la Unidad de Cibercrimen, que contienen material fotográfico de naturaleza comprometedora. Asimismo, se presentaron informes de ubicación del domicilio del imputado, actas de los allanamientos realizados y la declaración testimonial de la madre de la menor y hermana del imputado. En su declaración, la madre de la menor manifestó que su hija vive con ella y su padre, y que los domingos acostumbran a almorzar en casa de su abuela, donde reside Gonzalo L. Reconoció no recordar situaciones en las que su hermano haya estado a solas con la niña, aunque admitió haber dejado a su hija al cuidado de su madre en algunas ocasiones. La testigo también señaló que no observó comportamientos extraños en la menor que pudieran indicar la comisión de algún tipo de abuso.

 

Informe médico forense y Cámara Gesell

Adicionalmente, se recabó un informe médico forense elaborado por el doctor Martín Reljich Carafa. En dicho informe, el médico forense sugirió que, antes de proceder con la realización de exámenes médicos a la menor, sea entrevistada en Cámara Gesell por un equipo especializado de psicología y trabajo social. Esta medida tiene como objetivo primordial evitar la revictimización de la niña, garantizando que su testimonio sea recabado en un entorno seguro y confidencial. La Cámara Gesell permite la observación y grabación de la entrevista sin la presencia física del imputado, lo que facilita que la menor pueda expresarse con mayor libertad y confianza.

 

Decisión de la jueza: prisión preventiva

En la audiencia cautelar posterior, la jueza Andrea Cavallero realizó una exhaustiva evaluación de los argumentos presentados tanto por la Fiscalía como por la Defensa. Tras analizar minuciosamente la gravedad de los delitos imputados, la evidencia presentada y los riesgos procesales existentes, la magistrada resolvió hacer lugar a la solicitud de prisión preventiva presentada por el fiscal Raposo. En su resolución, la jueza Cavallero consideró que existen elementos de convicción suficientes para presumir la participación de Gonzalo L. en los delitos imputados, y que la prisión preventiva resulta necesaria para garantizar la comparecencia del imputado al proceso, evitar la obstrucción de la investigación y proteger a la víctima. De esta manera, Gonzalo L. permanecerá detenido preventivamente mientras avanza la investigación y se sustancia el proceso judicial en su contra.

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Laboratorio de Analisis Clínicos

Mario Maestu