Se trata de Diego Alexander Vázquez y Francisco Guido Ayestarán, a quienes se les impusieron tres años de prisión condicional y siete años y dos meses de inhabilitación para conducir para cada uno. A su vez, se les decomisaron dos vehículos que respectivamente manejaban al momento del ilícito, a velocidades mayores a la permitida. La sentencia fue dispuesta en el marco de un juicio oral y público que se realizó en los tribunales rufinenses. El fiscal que representó al MPA en el debate es Mauro Menéndez.

Dos hombres fueron condenados por el homicidio culposo de Giuliana Yngelmo, cometido en 2021 en el marco de un siniestro vial en Rufino. Uno de ellos tiene 28 años y es identificado como Diego Alexander Vázquez; mientras que el otro tiene 23 y su nombre es Francisco Guido Ayestarán. A cada uno de los condenados se les impuso una pena a tres años de prisión de cumplimiento condicional y se lo inhabilitó para conducir por siete años y dos meses. Además, se les decomisaron dos vehículos involucrados en el homicidio. La sentencia fue ordenada por el juez Leandro Martín en un juicio oral y público desarrollado en los tribunales rufinenses. Por parte del MPA, el fiscal Mauro Menéndez participó del debate.
Excesos de velocidad
El fiscal recordó que “el siniestro vial fue el sábado 13 de noviembre de 2021 a la madrugada en la intersección de las calles Cobo y Catamarca (luego de la esquina, denominada Victorero)”. Al respecto, aseveró que “ambos conductores incurrieron en transgresiones viales”.
“Por un lado, Vázquez conducía por Cobo sin licencia habilitante un auto marca Volkswagen modelo Gol Trend en el que viajaban también otras tres personas a las que no les exigió usar los correajes de seguridad”, puntualizó el fiscal. “Iba a una velocidad de por lo menos 62,61 kilómetros por hora cuando lo permitido es 40 y, al llegar al final de la cuadra, no la redujo a 30, por lo que se excedió aún más”, especificó y agregó que “tampoco cedió el paso al vehículo que circulaba por la derecha de él”.
En tanto, el funcionario del MPA expuso que “Ayestarán conducía por Catamarca una camioneta marca Chevrolet, modelo S 10, en la que llevaba sin cinturones a Yngelmo y a otra mujer”. A su vez, precisó que “el condenado había consumido alcohol y registraba una graduación de al menos 0,52 gramos por litro de sangre”. Según destacó, “manejaba a una velocidad no menor a 80 kilómetros por hora y al llegar a la intersección con Cobo actuó de la misma manera que Vázquez. En la esquina, la camioneta fue embestida por el auto y desviada de su trayectoria hacia la vereda norte de la calle Victorero, por lo que inició un semitrompo, golpeó una planta, volcó del lado izquierdo y se desplazó hasta una vivienda de esa cuadra”, relató Casullo. “Como consecuencia, Yngelmo falleció dentro del vehículo en el que viajaba”, afirmó.
Autores paralelos
Ayestarán y Vázquez fueron condenados como autores paralelos de homicidio culposo agravado (por conducir en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho).












